Desde el Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental (COPAO) ponemos en conocimiento de nuestras personas colegiadas la existencia del Protocolo de Actuación en Centros Educativos de Andalucía para la Prevención de la Conducta Suicida y Autolesiones del Alumnado, aprobado mediante Resolución conjunta del 17 de octubre de 2023.
Este protocolo establece un marco de actuación coordinada entre la comunidad educativa, las familias y los profesionales que atienden a menores con el objetivo de detectar, prevenir e intervenir ante situaciones de riesgo.
Es fundamental que los y las profesionales de la psicología, especialmente quienes trabajan con población infanto-juvenil en cualquier ámbito (clínico, educativo, jurídico, social o consultivo), conozcan cuándo y cómo debe activarse este protocolo, tanto si ejercen en el ámbito público como privado.
¿Eres psicólogo/a y atiendes directa o indirectamente a población infanto-juvenil y/o a familias?
Ponemos en conocimiento de las y los profesionales de la psicología, de la existencia del reciente Protocolo de Actuación en Centros Educativos de Andalucía, para la Prevención de la Conducta Suicida y Autolesiones del Alumnado (Resolución conjunta del 17 de octubre de 2023).
¿Cuándo se debe proceder a la apertura del protocolo?
Comunicación POR PARTE DE CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, O ÁMBITO FAMILIAR O PROFESIONAL, público y/o privado (p. ej., si trabajas en un centro sanitario privado de psicología):
Cuando se advierte algunas de las siguientes señales de riesgo o verbalización:
- Ideación suicida (recurrente o no).
- Intentos de conducta suicida previos, ya sean de familiares o propios del menor, sin constar apertura del protocolo.
- Fallecimiento de familiares o personas allegadas, por conducta suicida.
- Intencionalidad de conducta suicida.
- Planificación de posible conducta suicida.
- Autolesiones, tanto en el domicilio familiar como en el centro escolar.
- Para la identificación de las señales de alerta y/o factores de riesgo, léase la Resolución.
Más específicamente, teniendo en cuenta el texto de la Resolución, la apertura del Protocolo se realizará cuando se produzca alguna de estas situaciones:
• Comunicación por parte de la familia de un alumno o una alumna que alerta al centro educativo de circunstancias que pueden ser compatibles con una conducta suicida (ya sea en fase de ideación o de tentativa) o tienen sospecha o evidencias de conductas autolesivas recurrentes.
• La comunicación al centro educativo de una posible situación de riesgo por parte de compañeros o compañeras de un alumno o una alumna.
• Cuando un alumno o una alumna comunica, a través de cualquier medio de expresión, canal o persona de contacto, su sufrimiento con la situación personal que está viviendo y la aparición de la idea de la muerte como una posible solución o manifiesta explícitamente querer acabar con su vida.
• Cuando un alumno o una alumna ha tenido un intento de suicidio y, tras la intervención de los servicios de salud, se reincorpora al centro.
• Cuando se tiene conocimiento o se detecta la conducta autolesiva de un alumno o una alumna.
Por tanto, si eres un profesional de la psicología que advierte estas señales en población infanto-juvenil, es necesario informar a los padres o tutores legales y que a su vez estos lo comuniquen al centro educativo para que activen el protocolo.
Este comunicado es muy importante, porque informa a los profesionales de la psicología en general, que trabajan en cualquier ámbito, y especialmente los que trabajan en el ámbito privado, con población infanto-juvenil y/o en centros educativos de la existencia de este protocolo.