El próximo lunes, 15 de abril, se realizará el sorteo en directo de censores de cuentas (dos titulares y dos suplentes; de forma voluntaria)
Será online a las 10:00 horas, a través de Microsofts Teams. A continuación, su grabación estará disponible en la zona privada de la web.
Los censores de cuentas son una figura que aparece en los Estatutos del COPAO, artículo 48.
Artículo 48. Nombramiento
1.- La Junta General que se celebre para la aprobación de las cuentas del Colegio designará por sorteo de los presentes dos (2) censores de cuentas y dos (2) suplentes de entre las personas colegiadas, que aceptarán el cargo en ese acto, salvo causa justificada y actuarán por mandato de la Junta General que podrá revocar el mandato.
2.- No podrán ser designados censores de cuentas las personas que sean miembros de la Junta de Gobierno.
3.- La duración del cargo de Censor será la de un ejercicio económico, cesando una vez aprobadas las cuentas por ellos censuradas